Manuel dispone de una carpintería, es capaz de hacer desde un llavero o pequeñas esculturas de decoración hasta armarios y muebles de gran tamaño. Ofrecía sus productos a través de plataformas online de “segunda mano”. Manuel lo único que tenía que hacer era anunciar el producto con algunas fotos y una breve descripción.
El caso, es que este tipo de aplicaciones y plataformas le imponían muchas trabas para vender sus productos, además le cobraban unas elevadas tasas en concepto de comisión.
Y fue ahí cuando se planteó montar su propia tienda online, además este tenía un par de amigos que le habían animado y aconsejado a dar el paso – ¿Qué tengo que perder? – pensó Manuel – tan difícil no puede ser.
Adquirió un dominio, estudió un poco de programación web con un curso básico online y en unas semanas ya tenía abierta su web comercial, sencilla, sin mucho contenido textual/legal porque a él lo único que le interesaba era vender su producto, todo lo demás, pues bueno.. sobraba para él.
El caso es que por desconocimiento y falta de interés, Manuel no facilitó la información adecuada para identificarse o en dar detalles del propio servicio que ofrecía en su web. No facilitó una dirección postal, ni teléfono de contacto, no detallaba los plazos de entrega ni el coste de los portes. Sin embargo, el canal de compra ya estaba activo, ya se podía realizar compras y encargos a través de su web.
No pasó mucho tiempo para que algunos clientes empezasen a tener problemas, alguno de ellos recibieron por error un producto diferente del que compraron, otros recibían su producto en un plazo mayor del que esperaban, etc.
Estos querían la devolución, pero la web carecía de la información necesaria. Lo único que facilitaba la web, era un correo electrónico del que Manuel revisaba una vez a la semana si la carga de trabajo se lo permitía.
Fueron algunos de estos clientes, los que contactaron a través de un foro y se pusieron de acuerdo para realizar las consultas oportunas a un despacho de abogados especializado en Ecommerce, es decir, comercio electrónico.
El despacho les recomendó enviar una denuncia colectiva contra la tienda online de productos de carpintería de Manuel y además, notificaron estos problemas al organismo competente, el “Ministerio de Industria, Turismo y Comercio”.
Manuel ajeno a todo ello, recibió en unas semanas una comunicación de dicho ministerio informándole que su web había sido inspeccionada tras recibir una denuncia.
Desde el “Ministerio de Industria, Turismo y Comercio” habían señalado que su web incumplía varios artículos de la Ley del Servicio de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, mas conocida como la LSSICE.
En la inspección, se detallaba de manera enumerada todas las irregularidades, como por ejemplo la falta de identificación fiscal o la carencia de una dirección postal para comunicaciones físicas entre otros.
Manuel no se lo terminaba de creer, su intención nunca fue hacer una acción en contra de la Ley, él solo quería ofrecer sus productos que tan bien se le daba fabricar y además, las amistades que le animaron a crear una web jamás le comentaron nada acerca de necesitar una política de privacidad o unos términos y condiciones adecuados.
Finalmente tuvo que abonar el valor de la sanción impuesta, la cual fue una cuantía bastante importante. Tras realizar los cambios y modificaciones que le señalaban en la comunicación de inspección y contratar una empresa para que realizase una revisión LSSICE, Manuel no volvió a tener problemas con sus clientes, además, algo que sacó de manera positiva de esta situación fue el aumento considerable de la confianza de su tienda online entre los visitantes y clientes.
*Basado en hechos reales y experiencias propias, el nombre de los afectados se han modificado para proteger la privacidad.